

Marcia Maclellan Consultoría
Agente de Servicio en EE. UU. para la FAA
Para servicios de traducción especializados para pilotos HAGA CLIC AQUÍ
Su agente de confianza en EE. UU. para el cumplimiento con la FAA
Los pilotos extranjeros que posean un certificado de la FAA deben nombrar ahora a un Agente de Servicio con sede en EE. UU. para cumplir con los requisitos de la FAA. El Agente de Servicio de la FAA es un proveedor confiable y oficialmente autorizado, comprometido a garantizar que reciba toda la correspondencia de la FAA sin demora. Nuestro paquete de servicios completo incluye escaneo seguro y entrega electrónica de su correspondencia, sin coste adicional. Con una simple suscripción anual, tendrá todo lo necesario para mantenerse informado y en conformidad, sin importar en qué parte del mundo se encuentre.

¿Quién necesita un Agente de Servicio para la FAA?
-
Pilotos certificados por la FAA
-
Propietarios de aeronaves
-
Mecánicos de aeronaves y otros profesionales de la aviación
-
Cartas, avisos y órdenes de acción coercitiva.
-
Cartas de reexamen.
-
Cartas de investigación.
-
Cartas solicitando información adicional o denegando un certificado médico.
El agente de servicio en EE. UU. recibirá determinados documentos de la FAA en nombre de la persona que lo haya designado como su agente, de acuerdo con el § 3.303. Ejemplos de documentos que el agente puede recibir de la FAA incluyen:
El agente debe ser competente para asumir sus funciones como agente en EE. UU.
Las personas que designen un agente deben considerar si este tiene la capacidad y los medios necesarios para recibir documentos de la FAA y notificar inmediatamente y de manera eficaz sobre su recepción.
Esto es importante para evitar perder documentos con plazos urgentes.
A veces, los plazos de apelación y respuesta pueden ser de tan solo dos días.


¿Qué hará por usted el Agente de Servicio para la FAA?
-
Una dirección de agente en EE. UU. para la correspondencia de la FAA.
¿Cómo empiezo?
Paso 1
Siga este enlace para notificar a la FAA sobre su Agente de Servicio:
Solicite una nueva cuenta de usuario si aún no la tiene
Una vez registrado, tendrá acceso inmediato a su panel personalizado, lo que le permitirá rastrear las comunicaciones de la FAA y gestionar sus preferencias.
Paso 2
Desígnanos como tu Agente de Servicio en EE. UU. en la web de la FAA con las instrucciones proporcionadas en tu portal
Paso 3
Luego envíe el pago a Marcia MacLellan:
Paga ahora
Paga ahora
(Clientes actuales de servicios de interpretación: por favor, contáctenos.)
Paso 4
Recibirá una confirmación de su pago de parte de Marcia, y a partir de ese momento le representaremos como su Agente de Servicio en EE. UU.
Paso 4

¿Alguna duda?
¡Envíame un mensaje ahora mismo!
FAA – Explicación del 14 CFR:
Parte 47 – Registro de Aeronaves
https://www.ecfr.gov/current/title-14/chapter-I/subchapter-C/part-47
Parte 61 - Certificación: Pilotos, Instructores de Vuelo e Instructores de Tierra
https://www.ecfr.gov/current/title-14/chapter-I/subchapter-D/part-61
Parte 63 - Esta parte prescribe los requisitos para la emisión de certificados de ingeniero de vuelo y navegante de vuelo y las reglas generales de operación para los titulares de dichos certificados.
https://www.ecfr.gov/current/title-14/chapter-I/subchapter-D/part-63
Parte 65 - Esta parte es para la certificación: aviadores que no sean miembros de la tripulación de vuelo
https://www.ecfr.gov/current/title-14/chapter-I/subchapter-D/part-65
Parte 67 - Normas y Certificaciones Médicas
https://www.ecfr.gov/current/title-14/chapter-I/subchapter-D/part-67
Parte 107 - Sistemas de Aeronaves No Tripuladas Pequeñas
https://www.ecfr.gov/current/title-14/chapter-I/subchapter-F/part-107